LDLG. El Ejecutivo oficializó a fines de abril pasado la inmovilización social obligatoria en el país para este domingo 9 de mayo, día en que se celebra el Día de la Madre.
La medida la dispuso a través del Decreto Supremo 083-2021 de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y se determinó un conjunto de restricciones focalizadas para el segundo domingo de este mes.
Se establece, además, que este próximo domingo, Día de la Madre, queda prohibido el uso de vehículos particulares.
Solo podrá haber traslados a pie o en bicicleta para comprar productos de primera necesidad, medicinas, así como recojo de alimentos en restaurantes.
Estarán autorizadas estas actividades económicas:
1.- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias, con un aforo de acuerdo con el nivel de alerta y atención desde las 04:00 a. m. hasta las 6:00 p. m.
- Servicio de farmacias y boticas para entrega a domicilio (delivery) durante las 24 horas.
- Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery) desde las 04:00 a. m. hasta las 11:00 p. m.
Se establece que el proceso de vacunación contra el covid-19, que viene efectuando el Gobierno, se continuará realizando ese día.
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