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lunes, marzo 20, 2023

Precisan competencias entre el JNE y Jurados Electorales Especiales

Supremo Tribunal Electoral constituye la última y definitiva instancia del proceso, mientras los JEE la primera

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LDLG. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó las competencias que existen entre esta institución y los Jurados Electorales Especiales (JEE) que operan en las Elecciones Generales 2021 (EG-2021), a fin de generar una mayor comprensión de la ciudadanía de los aspectos jurisdiccionales del proceso electoral y se evite las confusiones entre ambas instancias. 

El JNE constituye la máxima instancia electoral de los comicios electorales, mientras que los JEE son la primera instancia. De este modo, ante lo resuelto por estos últimos órganos electorales cabe la interposición de recurso de apelación al citado Supremo Tribunal Electoral, el cual zanjará la cuestión de manera definitiva.

El JNE además que es un ente  autónomo con presencia permanente en el país desde 1931, año en que fue creado, actuando tanto dentro de un proceso electoral determinado, como fuera del mismo, por ejemplo, constituyendo la última instancia de los procedimientos de vacancia y suspensión de autoridades regionales y municipales.

En tanto, los JEE poseen una naturaleza  temporal, supeditada a la vigencia de las elecciones en las que se desenvuelven. Son autónomos y para las EG-2021, vienen desarrollando actividades 28 de estos órganos de primera instancia en los diferentes departamentos del país, a los que  se sumarán 31 en los próximos días.

En cuanto a la composición, el Pleno del JNE se encuentra integrado por cinco miembros, siendo su presidente un juez supremo, quien representa a la Corte Suprema de Justicia de la República. Los otros magistrados provienen del Ministerio Público, Colegio de Abogados de Lima (actualmente no se ha elegido) y de las facultades de derecho de las universidades públicas y privadas.

Por su parte, los JEE poseen un Pleno integrado por tres miembros. Lo preside un juez superior designado por la Corte Superior de Justicia de la circunscripción que le corresponde, a quien acompañan un representante del Ministerio Público y otro de la ciudadanía, designado por el JNE en sorteo público de una lista que, de forma aleatoria, selecciona el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

 De esta manera, el JNE brinda a los ciudadanos los alcances necesarios para un mejor conocimiento sobre el mecanismo de impartición de justicia electoral en las EG-2021 que determina el ordenamiento legal vigente.

LO DICE LA GENTE

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