El crédito suplementario aprobado por el Congreso, y propuesto por el Gobierno, contempla la entrega de un bono de 600 soles a los trabajadores públicos del país.
Según la primera disposición complementaria final de la Ley Nº 31912, se autoriza el otorgamiento de un bono excepcional, por única vez, de 600 soles para los servidores de los regímenes de los Decretos Legislativos 276, los trabajadores de la 728 y los trabajadores del decreto 1057 (régimen CAS).
También se incluye a los trabajadores dentro de la Ley 30057 (Ley del servicio civil), los trabajadores que pertenecen a la Ley 29709 (Régimen de los trabajadores penitenciarios) y los que pertenecen a la Ley 28091 (Miembros del servicio diplomático).
La norma hace referencia a trabajadores de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
¿Cuándo se entrega el bono de S/ 600?
El bono excepcional se entrega por única vez en el Año Fiscal 2023, no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, no es de naturaleza pensionable y no forma parte del cálculo de los beneficios laborales.
No califican cargos de dirección o de confianza
Para el caso de los servidores civiles bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276 del grupo ocupacional funcionario, previo al pago, la entidad debe identificar que el servidor no desempeñe cargo de dirección o de confianza y no reúna las siguientes características, las mismas que son excluyentes entre sí:
i) Tener mando sobre todo o parte del personal de la organización, esto es, tener la capacidad y la obligación de dirigir un grupo humano, organizando, normando y supervisando el trabajo de sus integrantes.
iii) Ejercer la representación de la organización o ejercer la titularidad de un órgano o una unidad orgánica determinada.
iv) Tener la capacidad de adoptar decisiones.
Requisitos para acceder al bono de S/ 600
Para el pago del bono excepcional el personal beneficiario debe cumplir con las siguientes condiciones:
– En las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y encontrarse registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas al 30 de junio del 2023.
– En los gobiernos locales el personal beneficiario debe cumplir de manera conjunta lo siguiente: contar con vínculo laboral al 30 de junio del 2023 y encontrarse registrado en la Planilla Electrónica (PDT PLAME) en el mes de junio del 2023.
Bono para Educación en diciembre
Según la sétima disposición complementaria final, se autoriza también, de manera excepcional y por única vez, el otorgamiento de una bonificación extraordinaria de 600 soles en el mes diciembre del 2023 a favor del personal administrativo de las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales y de Lima Metropolitana sujetos al régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
Igualmente, la bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales.
Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de las bonificaciones que establece el Decreto Supremo N 420-2019-EF, y demás normas reglamentarias, para la compensación por tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas económicas.
Se autoriza al Ministerio de Educación, en el mes de diciembre del 2023, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por 6 millones 263,400 soles, así como para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por 23 millones 165,400 a favor de los gobiernos regionales.
Bono al sector Salud
El Gobierno también aprobó el otorgamiento de un bono excepcional ascendente a S/ 709 para el personal de salud (profesionales, personal técnico y auxiliar asistencial) de todo el país.
Este beneficio, que se otorga por única vez, será para el personal de la salud que pertenece a los siguientes decretos legislativos:
– Numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153
– Personal de la salud contratado sujeto al régimen del Decreto Legislativo 1057
– Personal administrativo sujeto al régimen del Decreto Legislativo 276 y Decreto Legislativo 1057 del Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Salud (INS), Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales.
Bono al Ministerio de Cultura
El crédito suplementario aprobado por el Congreso, y propuesto por el Gobierno, contempla la entrega de un bono de 550 soles a los servidores de los elencos nacionales y regionales del Ministerio de Cultura.
El artículo 50 de la Ley Nº 31912 autoriza el otorgamiento de un bono excepcional, por única vez, durante el Año Fiscal 2023, de 550 soles para los servidores de los elencos nacionales y regionales del Ministerio de Cultura del régimen del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público.
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