jueves, noviembre 7, 2024

Petroperú: dictamen de proyecto de Ley 804/2021 no resulta conveniente para los intereses nacionales

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Petroperú advirtió al Congreso de la República, antes que se apruebe el Dictamen. La petrolera estatal remitió a la Comisión de Energía y Minas del Congreso su opinión negativa al pre dictamen del Proyecto de Ley 804/2021 que modifica la Ley Orgánica de Hidrocarburos, dado que no resultaría conveniente para los intereses nacionales y colisionaría con la visión empresarial y el plan estratégico de Petroperú.

Para la estatal petrolera peruana, el citado PL 804-2021 cuya autoría es del congresista Carlos Alva Rojas (Acción Popular) presidente de la Comisión de Energía y Minas, propone que los contratos puedan extenderse por plazos sucesivos de 20 años cada vez, hasta el límite económico del área de contrato. Además de extender vínculos contractuales sin concurso previo, en perjuicio de la estatal Petroperú.

Asimismo, porque afecta directamente a la soberanía nacional y directamente sobre los recursos naturales, entendiendo que nuestra base constitucional estipulada en el artículo 66 les compromete a proteger los recursos naturales renovables y no renovables, pues al ser nuestro patrimonio, el Estado es soberano en su aprovechamiento, a favor de la Nación, precisa.

En efecto, Petroperú remitió a la Comisión de Energía y Minas del Congreso, previo a que se apruebe el dictamen, su posición corporativa sobre el PL 804/2021 que modifica los artículos 8° y 22° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221 “Ley Orgánica de Hidrocarburos”.

Para la estatal petrolera peruana, el citado PL 804-2021 cuya autoría es del congresista Carlos Alva Rojas presidente de la Comisión de Energía y Minas, propone que los contratos puedan extenderse por plazos sucesivos de 20 años cada vez, hasta el límite económico del área de contrato. Además de extender vínculos contractuales sin concurso previo, en perjuicio de la estatal Petroperú.

En el documento de siete páginas precisa que mediante Oficio N° 203-2021-2022/CEM-CR, se solicitó a Petroperú SA emitir opinión respecto al PL N° 804/2021 al ser actor indispensable de la provisión de hidrocarburos en el Perú y en ese sentido remitió al Parlamento su posición corporativa, de la cual destacamos algunos aspectos.

Petroperú analizó la citada iniciativa legislativa en varios aspectos como la soberanía nacional sobre los recursos naturales, sostiene que la pol+itica petrolera debe fguardar consistencia con la seguridad energética nacional remarcando que “Es necesario que el Estado mantenga una buena alianza con los inversionistas privados, pero tampoco puede el Estado dar privilegios a los privados, colocando a la empresa estatal en desventaja, peor aún permitiendo el encarecimiento especulativo de los precios”.

Según Petroperú, el proyecto del Dictamen presenta como argumento la idea de “homologar” el régimen del petróleo con el gas. “Este argumento es retórico. Homologar no es una razón para hacer modificaciones legales salvo que hubiere una necesidad que beneficie claramente al interés nacional. En el mismo acápite, aclara que el argumento de que “a nivel internacional la tendencia es que los contratistas requieren más plaza de explotación para recuperar las inversiones de riesgo efectuadas durante la fase de exploración”, es de tinte lobista. Es conocido que a nivel internacional las grandes contratistas presionan para generar la sensación que la “tendencia” es dar mayores privilegios a las contratistas”, precisa.

Asimismo, sugiere renegociar en base a resultados y no por privilegio legal pues el argumento de que si no se les da garantías de renovación los contratistas no tienen incentivos para invertir y la producción de petróleo declinará, tiene características de coacción privada. “Si las contratistas quieren que se les renueve los contratos deberían esmerarse en mostrar resultados de inversión y beneficios para el país y no esperar que las leyes les sigan dando privilegios especiales. A terminación de los contratos el Estado tiene el legítimo derecho de evaluar los resultados de los contratos y decidir lo conveniente según el mérito del esfuerzo y los resultados de la explotación privada”, remarca.

Además, indica que “en el proyecto de ley originario se hablaba de 25% de participación de Petroperú en el accionariado. Sin embargo, el Dictamen aprobado en la Comisión de Energía y Minas propone ahora que “Dentro de los 5 (cinco) días hábiles a la fecha de suscripción del nuevo contrato, el contratista deberá proponer a Petroperú su incorporación en el contrato como socio partícipe, según los porcentajes de participación que acuerde”, con lo cual la participación de Petroperú queda librada a la negociación con las empresas, además en calidad de “socio partícipe”, en ningún caso como accionista mayoritario; es decir que mientras el Dictamen les da seguridad a los contratistas privados la participación de la petrolera estatal queda incierta y en condición subordinada.

LO DICE LA GENTE

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