El Poder Judicial a través de la Resolución N° 18 del Juzgado Civil Transitorio Nueva Sede Sullana resolvió declarar fundada en parte la demanda de indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la Procuraduría Pública de los Asuntos Judiciales de la Contraloría Pública de la República contra los ex alcaldes del Municipio Distrital de Lobitos José Guillermo Rodríguez Sánchez (2011-2014) y Christian Jaime Reque Llontop (2015-2018) y un grupo de ex funcionarios por aprovechamiento ilegal en el cargo.
En ese sentido, ha sido el Juez Pedro Noé Navarro Chávez quién ordenó a los demandados contra quienes se declara fundada la demanda el pago resarcitorio a favor de la Municipalidad Distrital de Lobitos, en la suma total de 39 Mil 500 Soles, monto que será cancelado en cantidades proporcionales por las ex autoridades y ex funcionarios de confianza del citado Municipio.
Es por ello que en un plazo que no exceda los 20 días hábiles, José Guillermo Rodríguez Sánchez tendrá que abonar S/ 2 Mil, Christian Jaime Reque Llontop S/ 7 Mil 785, Raúl Vargas Rodríguez S/ 2 Mil, Luis Moisés Núñez Espinoza S/ 9 Mil 875, Cristhian Aguilar Abad S/ 9 Mil 875, Karol David Peña Villegas S/ 2 Mil 875, y Juan Carlos Periche Delgado S/ 5 Mil.
Según el expediente N° 00533-2020-0-3101-JR-CI-01fue la Procuraduría Pública de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, acudió al Juzgado Civil Transitorio Sullana para lograr el pago indemnizatorio equivalente a la suma de 569 Mil 376 Soles con 40/100, a causa de los daños y perjuicios ocasionados por los demandados ex alcaldes y ex funcionarios de la Municipalidad Distrital de Lobitos; al haberse efectuado pagos por concepto de bonificaciones y beneficios a favor de funcionarios y servidores por encima del importe legal establecido.
Dato
La Resolución 18 de la Sala Civil Transitoria Sullana declaró infundada respecto a los demandados Lidia Silva Silupú, Julio César Bancayán Panta y Gregoria Liliana Valladares Torres, también comprendidos en la demanda de la Procuraduría Pública de la Contraloría, al considerar que no han formado parte de una actuación antijurídica.
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